La pareja o unión de hecho debe presentarse personalmente en Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el fin de manifestar su voluntad de inscribirse como pareja de hecho.
Deben reunir los requisitos exigidos para tal unión y manifestar que son conocedoras de los efectos derivados de la constitución de una pareja de hecho.
Requisitos de las parejas de hecho
Mayores de edad o menores emancipados
No estar incapacitados judicialmente
No estar sujetos a vínculo matrimonial alguno
No constar inscrita en otro registro
No tener una relación de parentesco
Requisitos ampliados en www.euskadi.eus
No existe una legislación nacional que regule las uniones de hecho, no obstante, diversas comunidades autónomas han dictado normas para regular tanto las parejas de hecho heterosexuales como las homosexuales, debiendo acudir a cada una de ellas para conocer sus peculiaridades, lo cual dificulta mucho la función de los letrados a la hora de asesorar y tomar decisiones, complicándose más aún si los miembros de la pareja, o los diferentes domicilios que hayan podido tener pertenecen a distintas comunidades autónomas.